¿Qué es una donación colacionable?
La donación (colacionable o no) es una de las formas más comunes de transmitir bienes en vida, ya sea a familiares, amigos o entidades sin ánimo de lucro. Sin embargo, no todas las donaciones tienen el mismo impacto en la futura herencia. En este artículo, explicaremos qué es una donación y la diferencia entre donaciones colacionables y no colacionables, aspectos clave en el derecho sucesorio.
¿Qué es una donación?
La donación es un acto jurídico mediante el cual una persona (donante) transfiere gratuitamente un bien o derecho a otra (donatario), sin esperar una contraprestación a cambio. Se trata de una figura regulada en el Código Civil y que puede afectar la futura partición de la herencia.
El código civil regula la donación en el artículo 618: “La donación es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta.”
Sin embargo, no todas las donaciones tienen el mismo tratamiento legal. La diferencia clave radica en si deben o no ser consideradas como parte de la herencia futura del donante.
Donación colacionable.
La donación colacionable es aquella que debe ser tomada en cuenta al momento de repartir la herencia, ya que se considera un adelanto de la legítima del heredero. En otras palabras, cuando el donante fallece, el valor de la donación se suma al caudal hereditario para calcular la parte que corresponde a cada heredero forzoso.
Ejemplo práctico:
Un padre dona a su hijo una vivienda. Si esta donación es colacionable, cuando el padre fallezca, el valor de la vivienda se sumará al patrimonio total para dividirlo equitativamente entre todos los herederos. Por tanto “se descontará” de la parte del heredero donatario.
Importante: La colación solo aplica cuando el donatario es un heredero forzoso y no si la donación se hace a un tercero.
Donación no colacionable.
Por otro lado, la donación no colacionable no se tiene en cuenta en la futura división de la herencia. Esto significa que el beneficiario no está obligado a compensar a los demás herederos por el valor recibido. Una vez se reparta el heredero que la recibió acude al reparto como todos los demás aunque haya sido beneficiado anteriormente.
Para que una donación sea considerada no colacionable, el donante debe manifestarlo expresamente en la escritura de donación. En caso de no especificarlo, la donación se considerará colacionable por defecto.
Ejemplo práctico:
Si un padre dona a su hijo una cantidad de dinero pero no quiere que “cuente en el reparto” futuro, establece en la escritura que es no colacionable. Así este dinero no se sumará al caudal hereditario, y el hijo beneficiario no tendrá que restituir nada al repartir la herencia.
¿Cuál es la mejor opción: Colacionable o No Colacionable?
La elección entre una donación colacionable o no colacionable dependerá de los intereses y objetivos del donante. En términos generales:
– Si el propósito es adelantar parte de la herencia, sin perjudicar a otros herederos, la donación colacionable es la opción más equitativa.
– Si se desea beneficiar a un heredero en particular sin que afecte la futura partición de bienes, se debe optar por la donación no colacionable y dejar constancia expresa en la escritura.
CONCLUSIÓN. Asesoramiento legal en donaciones.
Al final la cuestión no es tanto decidir si la donación debe ser colacionable o no colacionable, sino que desea hacer el donante con su patrimonio y como puede influir esto en su última voluntad, en la herencia.
Dado que las donaciones pueden generar conflictos entre herederos y tener implicaciones fiscales, es recomendable contar con el asesoramiento de un especialista, puede ser directamente en Notaría o en fases más tempranas un abogado de confianza.