¿QUÉ ES LA CONCENTRACIÓN PARCELARIA?

¿Qué es la Concentración Parcelaria?

La concentración parcelaria es un procedimiento técnico y jurídico que reordena la propiedad rústica de un determinado perímetro de parcelas, este perímetro se denomina zona y puede afectar a 1 o varios municipios.

El objetivo general de la concentración parcelaria es reorganizar y agrupar las pequeñas parcelas de esa zona en unidades más grandes y mejor distribuidas para mejorar la eficiencia facilitar el acceso y optimizar el uso reduciendo costos de producción.

Finalidad de la concentración Parcelaria

La finalidad primordial de la concentración parcelaria es la Constitución de explotaciones de dimensiones y estructura adecuadas para lo que se realizan compensaciones necesarias entre clases de tierras en las que se procurará adjudicar a cada propietario el menor número de fincas de reemplazo, Adjudicar de forma continua fincas integradas en una misma explotación suprimir las explotaciones antieconómicas y dar acceso a las nuevas fincas con vías de comunicación modificando o creando caminos.

En teoría se intenta dar al agricultor el mínimo número de fincas según las parcelas aportadas para qué el que mejor pueda atenderlas las explote según la solicitud, aunque está claro que nunca llueve a gusto de todos.

El inicio del proceso de concentración parcelaria

La iniciativa del proceso de concentración parcelaria puede ser por los propietarios, o por la administración.

Si el inicio del proceso es a petición de la mayoría de los propietarios de una zona, en ocasiones no serán  la mayoría de propietarios pero sí que lo será su propiedad.

Si el inicio lo realiza la Administración deberá justificar la utilidad pública del proceso y la realización de las inversiones que conllevará.

Una vez iniciado el proceso hay multitud de tramites: Estudios, Declaraciones, Comisiones, operaciones topográficas, catastrales, determinación de las propiedades, Bases, Exposición Pública, Alegaciones… así hasta la Aprobación definitiva y su ejecución.

¿Qué pasa con las parcelas de los propietarios que no están a favor de la concentración parcelaria?

Si la parcela está dentro de la Zona está afectada y su participación en el proceso es obligatoria.

Esto se debe a que todo el proceso responde a una utilidad pública y por tanto el bien superior de la colectividad prima por el derecho a la propiedad de ese propietario desfavorable a la concentración, eso no significa que se le expropie, sino que si se la cambian en teoría le darán una parcela equivalente.

Existen Parcelas excluidas que por diversos motivos no entran en la concentración estando dentro del perímetro de la zona, pero ese motivo no será nunca sólo que su propietario no está a favor de la concentración.

¿Cómo demuestro mi propiedad?

Depende del proceso deberemos demostrar con las pruebas que tengamos nuestra titularidad, en principio cualquier prueba es buena siempre que no haya conflicto, pero como otro propietario reclame esa misma propiedad o parte podemos llevarnos desagradables sorpresas si las cosas no están bien hechas.

Por ello si tenemos siempre las cosas bien hechas, será más fácil pasar por estos procesos sin disgustos. En ocasiones hacer las cosas bien será tan simple como en su día comunicar al Registro de la Propiedad un cambio de titularidad por herencia adjuntando la documentación pertinente.

¿Qué pasa si no estoy conforme con el resultado de la concentración?

Hay momentos en el proceso en los que realizar alegaciones antes de que la concentración sea definitiva y se pueden presentar también reclamaciones en determinadas circunstancias, porque entendamos que perdemos con el cambio y se pueda demostrar (valoración económica de las fincas). También si no se respeta el procedimiento legalmente previsto para la Concentración Parcelaria se puede recurrir con base en este motivo.

CONCLUSIÓN

El proceso de concentración parcelaria responde a necesidades de utilidad pública y no puede supeditarse a intereses particulares.

Eso no quiere decir que sea una realidad inatacable, si nos vemos afectados conviene estar al tanto del proceso de sus tiempos y requisitos para comprobar si nos afecta realmente, acreditar nuestras propiedades, ver si la valoración y acotación es correcta y estar al tanto de las modificaciones que se proponen o que se aprueban.

En caso de no estar conformes conviene armarnos de pruebas, paciencia y actuar.

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