La Plusvalía es el impuesto que grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.
También se le conoce como la “plusvalía de vivienda” o “plusvalía municipal”, y entra en juego cuando hay una transmisión de un inmueble por compraventa, donación o herencia.
El problema viene de que el hecho imponible es el incremento del valor del terreno pero tras el estallido de la burbuja hay no pocas transmisiones en el que dicho incremento no se ha dado (más bien lo contrario, se transmite perdiendo valor).
¿Es legal la plusvalía? Sí, pero lo que pasa es que el impuesto y las leyes que lo regulaban se diseñó sin contemplar la posibilidad de que no se pagara.
Lo que dice la ley al ayuntamiento para fijar cuánto se paga es que: se parte del valor catastral se multiplica por el nº de años y por un coeficiente que fija el ayuntamiento dividido entre 100.
En el escenario post burbuja hace que hoy por hoy sea contrario a toda lógica pago por un incremento que no se haya dado. Casi todos los ayuntamientos tienen el impuesto de plusvalía por lo que el problema está muy extendido.
¿Qué se reclama? Si podemos probar que no se dio ese incremento se nos cobró indebidamente y por tanto podemos pedir primero a la administración y luego si procede en los tribunales que se nos devuelva esa cantidad. Los tribunales ya estaban empezando a concederlo sin embargo la sentencia del TC lo ha puesto en primera línea informativa.
En Castilla y León por ejemplo el TSJ ha admitido como prueba la valoración de bienes urbanos que se saca de la web de la Junta de Castilla y león.
Lo importante es valorar cada caso y dejarse aconsejar por especialistas independientes.
Álvaro Rizo Sola es abogado de Valladolid especialista en derecho administrativo.