¿SON LEGALES LAS CÁMARAS DE VIDEOVIGILANCIA EN LAS COMUNIDADES DE VECINOS?

¿Son legales las cámaras de videovigilancia que han puesto en mi comunidad? la respuesta es depende.

Las cámaras de videovigilancia son un sistema legal para aumentar la seguridad de las comunidades de propietarios ya sea en un edificio o en una urbanización.

No obstante lo anterior deben cumplir diversos requisitos para garantizar los derechos de los vecinos de terceros ajenos a comunidad para respetar la legislación vigente en especial las recomendaciones de la Agencia Española de Protección de Datos

¿Qué zonas pueden grabar para ser legales las cámaras de videovigilancia en las comunidades de vecinos?

La captación de imágenes debe ser exclusivamente de zonas o elementos comunes de la comunidad de propietarios.

Las cámaras no pueden grabar imágenes de la vía pública a excepción de la franja mínima de los accesos al inmueble como puede ser la puerta del portal.

Tampoco se puede captar imágenes de las viviendas colindantes, ni de sus terrenos o de cualquier espacio ajeno a las zonas comunes de la comunidad.

Además debemos destacar que si las cámaras instaladas pueden orientarse o grabar zonas no permitidas con zoom será necesario instalar máscaras de privacidad que eviten la grabación en zonas no permitidas por la legislación vigente.

Es posible instalar videocámaras en la piscina comunitaria puesto que se trata de una zona común y por tanto sujeta a las mismas normas descritas.

¿Qué requisitos legales se exigen para instalar las cámaras de videovigilancia en la comunidades de propietarios?

Para la instalación de videocámaras en las comunidades de vecinos será necesario que se apruebe mediante acuerdo en la Junta de propietarios según regula la Ley de Propiedad Horizontal.

El acuerdo de proceder a instalar cámaras de videovigilancia en las zonas comunes debe ser anterior a la instalación.

Es muy importante recordar que aunque se externalice el servicio de vigilancia esto no exime a la comunidad del cumplimiento de la legislación de Protección de Datos.

La instalación de videovigilancia exigirá el preceptivo cartel o carteles en los accesos a las zonas vigiladas con la información sobre la existencia del tratamiento, identidad del responsable posibilidad de ejercicio de derechos y una referencia sobre cómo obtener más información sobre el tratamiento de los datos personales.

El acceso a las imágenes debe estar restringido a la persona o personas designadas por la Comunidad de propietarios con medidas de seguridad como usuario y contraseña deberán ser cambiadas regularmente.

¿Son legales las cámaras de videovigilancia que instala un vecino en una vivienda unifamiliar dentro de una comunidad de vecinos?

Si la cámara se instala en el interior de la vivienda no es aplicable la legislación de protección de datos. Esto es porque se considera que se realiza en el ejercicio de una actividad domestica es decir dentro de la esfera de la derecho a la intimidad de la persona.

Si la cámara se instala en el exterior de la vivienda y pueden captar entradas, fachadas o medianeras rigen los mismos requisitos de legalidad y obligaciones que en el caso de las comunidades de vecinos.

CONCLUSIÓN SOBRE LA LEGALIDAD DE LAS CAMARAS DE VIDEOVIGILANCIA DE LAS ZONAS COMUNES.

Siempre que se respeten los criterios y requisitos para su aprobación, y se instala en correctamente conservando en el tiempo las medidas de seguridad que exige el tratamiento de datos personales (como son quién va a tener acceso y cómo se van a custodiar esas imágenes así como informar) como obliga la legislación vigente las cámaras de vigilancia en las comunidades de vecinos son totalmente legales.

No obstante si tienes dudas o cuestiones puntuales solo tienes que ponerte en contacto con el despacho y plantear tu consulta.

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