¿Puedo grabar la junta de propietarios?

Depende de quien seas tú y si lo aprueba la Junta de propietarios, la ley nada dice al respecto de forma específica: ni se autoriza ni se prohíbe. Luego es posible grabar la junta de propietarios.

Grabar la junta conlleva innegables ventajas para respaldar que el contenido del acta es fiel a lo sucedido y acordado en la junta (en ningún caso la grabación puede sustituir la obligación de redactar el Acta). Además, la grabación evita discusiones o ataques personales en el transcurso de la junta.
El administrador o el presidente con carácter previo a la grabación debe someter la cuestión a votación admitiéndose el voto de la mayoría simple para adoptarse el acuerdo de grabar esa sesión y las posteriores. Acuerdos recogidos en la Ley Propiedad Horizontal art 17. 7 (art 17.7ªLPH)
Recomiendo que conste incluso en la convocatoria como primer punto en el orden del día.

¿Qué pasa si un propietario se niega a que se grabe la junta? En este caso vale el acuerdo sobre su derecho a la imagen ya que se recoge el contenido de la junta para soporte de fidelidad del acta en caso de impugnación de la misma, por ejemplo.

¿Qué pasa si un propietario lo solicita? En mi opinión es posible siempre que se acuerde por mayoría, ahora bien, haciendo advertencia de los problemas civiles y penales que puede conllevar un uso indebido de dicha grabación y tomando datos del comunero que la realiza y de la advertencia en el acta.

Si como propietario deseas que se grabe la junta solicítalo con anticipación y que sea el administrador o presidente el que grabe, así será la comunidad quien custodiara dicha copia para el caso de ser necesitada con posterioridad por ejemplo en un juicio.

¿Puedo grabar en secreto una junta de propietarios? No debes. Si quieres grabar, es para tener prueba de lo que pasa y si dicha prueba no cuenta con todas las garantías será impugnada en el juzgado perdiendo su validez como prueba y manteniéndose la vulneración que has realizado al grabar y el uso indebido de dicha grabación que has podido cometer.

Álvaro Rizo Sola Abogado de Valladolid especialista en comunidad de propietarios.

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