¿Cómo se actualiza la pensión de alimentos?

Antes de analizar cómo y cuándo se actualiza la pensión de alimentos tenemos que empezar por recordar qué es la pensión de alimentos

La pensión de alimentos es una obligación de pago que se impone en la sentencia estableciendo para la persona obligada la cuantía, actualizaciones y forma de pago.

La cuantía engloba todo lo necesario para los gastos ordinarios del alimentista: sustento, vestido, educación, habitación y asistencia médica. Dependerá de la capacidad económica del alimentante y de las necesidades ordinarias del alimentista.

¿Por qué se actualiza la pensión de alimentos?

La necesidad de actualización viene de la necesidad de evitar que la pensión de alimentos pierda poder adquisitivo a lo largo del tiempo. Si bien la pensión se paga normalmente de forma mensual esta obligación suele durar bastantes años en el tiempo.

Por ello la cuantía fijada no puede quedar inalterable con el paso de los años, sino que tiene que contener unas bases de actualización para adaptarla a la realidad: el coste de la vida sube con el tiempo.

Un buen acuerdo o sentencia determina también un momento para proceder a la actualización.

¿Qué dice la ley sobre la actualización de la pensión de alimentos?

Viene recogido en el Código Civil art. 100:

Fijada la pensión y las bases de su actualización en la sentencia de separación o de divorcio, sólo podrá ser modificada por alteraciones en la fortuna de uno u otro cónyuge que así lo aconsejen.
La pensión y las bases de actualización fijadas en el convenio regulador formalizado ante el Secretario judicial o Notario podrán modificarse mediante nuevo convenio, sujeto a los mismos requisitos exigidos en este Código”

Realmente valdría leer “…sólo podrá ser modificado por alteraciones sustanciales en la fortuna de uno u otro cónyuge”. Si quieres saber sobre modificación de la pensión pincha aquí.

También figura recogido en el artículo al regular el contenido del convenio regulador siempre que fuera aplicable CC art. 90.1:

“d) La contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización y garantías en su caso.”

¿Qué se usa para actualizar la pensión de alimentos?

En teoría se pueden usar diferentes bases de actualización (índices de referencia para actualizar) como por ejemplo una referencia a los ingresos fijos del obligado, variaciones recogidas en los convenios colectivos… pero lo cierto es que el más extendido y genérico es el IPC.

El índice de precios de consumo (IPC) es un índice económico que mide los cambios a nivel de precios durante un período de tiempo, lo que nos da una cifra oficial de la variación del coste de la vida. Como dicho índice es público y fácil de conocer, es fácil contrastar dicha información por ambas partes.

¿Cómo se puede actualizar la pensión de alimentos?

Es tan fácil como acudir al Instituto Nacional de Estadística y a través de su web acudir a la sección IPC cómo actualizar una renta.

Se introducen los parámetros y nos dará el resultado de la renta actualizada dependiendo del mes en el que se actualice.

¿Cuándo hay que actualizar la pensión de alimentos?

Normalmente se recoge en la sentencia, sí fue de mutuo acuerdo es posible que se haya pactado algo al respecto por ejemplo: “se actualizará cada enero conforme a la variación de precios del IPC.”

Si no se estableció nada de común acuerdo o el divorcio fue contencioso lo habitual es actualizar la pensión de alimentos un año después de la sentencia que establece la propia pensión.

¿Cómo puedo reclamar la actualización?

En primer lugar debes probar la actualización a través de la web del INE con el cálculo de la actualización de rentas con base en el IPC. Debemos guardar ese calculo en formato pdf o imprimirlo

Posteriormente debes comunicárselo de forma fehaciente al obligado abonar la pensión avisándole de qué conforme a la bases de actualización acordadas en la sentencia la nueva cantidad a abonar durante los próximos 12 meses asciende a tanto.

Si pasado un tiempo razonable no se produce la actualización en los ingresos debes acudir al juzgado para reclamar dichas cantidades que en justicia el obligado debe abonar.

¿Cuándo prescribe la reclamación de las actualizaciones de la pensión de alimentos?

La ley española, establece que hay un plazo de 5 años para reclamar las actualizaciones de las pensiones de alimentos.

Veamos un ejemplo. Una persona quiere reclamar a su ex pareja en 2021 las actualizaciones debidas porque no ha solicitado la actualización desde que se fijó la pensión de alimentos en diciembre de 2013. En ese caso sólo podremos reclamar en el juzgado, con derecho a ello, los últimos 5 años es decir desde 2016.

En resumen.

Sí, se actualizan las pensiones de alimentos, casi todas con referencia al IPC y pueden ser reclamadas incluso trascurridos algunos años.

Con el paso del tiempo se complica su cálculo y su reclamación, por ello conviene contar con un buen asesoramiento especializado. 

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