El Convenio Regulador es un acuerdo escrito entre 2 personas que han sufrido una crisis en su relación con hijos menores (matrimonial o no) para gestionar, desde ese momento, su relación mutua y para con sus hijos.
Así evitamos que un juez decida de forma imparcial pero también individual sobre la cuestión.
Pero la aprobación de este convenio regulador decidido por las partes depende del Fiscal ya que es el encargado de velar por el bienestar del menor.
Ejemplo práctico de Convenio Regulador
Paco y Charo Tienen una hija común (Nerea). Paco se queda a vivir con sus padres y Charo en la vivienda que era familiar y que es de su propiedad, respecto de la hija se ponen de acuerdo en patria potestad compartida, guardia y custodia de Nerea para Charo con un amplio régimen de visitas de Paco. Pues viven cerca del cole de Nerea.
El convenio regulador pone todo esto por escrito y determina el amplio régimen de visitas del papá de Nerea y qué dinero abonará mes a mes para alimentos (pensión de alimentos) y como se actualizará esa cantidad cada año (IPC) y qué haremos en vacaciones y los cumpleaños y qué pasa cuando hay un gasto extraordinario como el dentista.
Si todo es razonable y estamos de acuerdo lo presentamos ante el juez que da traslado a Fiscalía, pues el ministerio público vela por el bienestar del menor, si ninguno pone impedimentos el acuerdo será ratificado ante el Juzgado por ambos progenitores y regirá esa relación.
¿Qué pasa si cambian las circunstancias que dieron origen a ese Convenio Regulador?
¿Y qué pasa si cambian las cosas? Entonces tocará intentar un nuevo acuerdo o instar una modificación de medidas ante el Juzgado.
Para saber más puedes contactar conmigo aquí.
Álvaro Rizo Sola es abogado especialista en Derecho de Familia