Diferencias entre delitos de atentado y resistencia a la autoridad

Diferencias entre delitos de atentado y resistencia a la autoridad

El delito de atentado y el delito de resistencia a la autoridad forman parte del Código Penal español. Ambos delitos se refieren a conductas que suponen un riesgo para la seguridad de la sociedad y, por tanto, están tratadas de forma específica en la legislación penal. Se trata de dos delitos relacionados, aunque con diferentes matices, y cuyas consecuencias pueden ser graves para los infractores.

¿Qué dice el código penal?

Art 550 CP. Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas.

En todo caso, se considerarán actos de atentado los cometidos contra los funcionarios docentes o sanitarios que se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, o con ocasión de ellas.

2.-Los atentados serán castigados con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de seis meses a tres años en los demás casos.

Mientras que en el Art 556 CP. 1. Serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses, los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

2.-Los que faltaren al respeto y consideración debida a la autoridad, en el ejercicio de sus funciones, serán castigados con la pena de multa de uno a tres meses.

Diferencias entre atentado y resistencia a la autoridad

El delito de atentado se refiere a la acción u omisión intencional y directamente destinada a atentar contra la seguridad de una persona, grupo de personas, entidad, bienes o intereses de carácter público o de la comunidad. Esto abarca una diversidad de conductas, desde el uso de armas o explosivos, hasta la falsificación de documentos o el incumplimiento de normas de seguridad. La pena para este delito puede ir desde la multa hasta la prisión, dependiendo de la gravedad de la acción u omisión.

 

Por su parte, el delito de resistencia se refiere a la acción u omisión que tiene como objetivo eludir o imposibilitar la acción de la autoridad. Esto incluye desde protestas violentas, resistencia física a la autoridad, hasta la destrucción de bienes públicos o privados. La pena para esta infracción también varía dependiendo de la gravedad de la acción u omisión, siendo más severa cuando se trata de resistencia a la autoridad.

 

Intención directa de atentar o eludir la acción de autoridad

La diferencia entre ambos delitos está en la intención de la acción o omisión. El delito de atentado es un delito de intención directa, es decir, se trata de una acción u omisión intencionalmente destinada a atentar contra la seguridad de alguien. En el caso del delito de resistencia, la intención es la de eludir o imposibilitar la acción de la autoridad. Así, mientras que el delito de atentado se refiere a acciones que ponen en riesgo la seguridad de una persona o grupo de personas, el delito de resistencia se refiere a aquellas que impiden o dificultan el ejercicio de la autoridad.

En ambos casos, la pena se establece en función de diversos factores, como la gravedad de la conducta o la intencionalidad. Por tanto, es importante destacar que ambos delitos pueden ser considerados de forma muy seria si son cometidos y, por tanto, pueden tener graves consecuencias para los infractores.

CONCLUSIÓN

En definitiva, tanto el delito de atentado como el delito de resistencia a la autoridad son dos infracciones tratadas de forma específica en el Código Penal español. Ambos delitos están relacionados, aunque poseen matices diferentes, y tienen como objetivo la protección de la seguridad pública. Por tanto, una vez establecidas las diferencias entre ambos delitos, es importante destacar que, en caso de ser cometidos, se deben tomar las medidas correspondientes para evitar las consecuencias legales que puedan acarrear.

Para ello lo mejor es contar con un especialista que pueda asesorarnos desde el principio.

 

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