Excusas para no ser mesa electoral si te toca

Excusas para no ser mesa electoral hay muchas pero lo interesante es conocer las admitidas por la Junta Electoral y como probamos que estamos en ese caso documentalmente.

Se han convocado elecciones para el próximo 23 de julio y ya se va a celebrar el sorteo de las mesas electorales, esto puede significar que te inviten a participar de forma especial a la fiesta de la democracia como titular o como suplente y por tanto acudir a primera hora para integrar la mesa electoral.

La mesa electoral controla y vigila que la votación se desarrolle con normalidad, y una vez finalice el horario de votación contar los votos de las urnas. Deben ir ese día titulares y suplentes por si hay alguna baja de última hora.

PLAZOS Y FORMAS DE PRESENTACION DE LA EXCUSAS PARA NO SER MESA ELECTORAL

Una vez te notifiquen que formarás parte de la mesa tienes siete días para alegar ante la Junta Electoral justificando (documentando) el motivo por el que no puedes.

Tal y como indica el 27.3 LOREG  “Los designados Presidente y Vocal de las Mesas electorales disponen de un plazo de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo. La Junta resuelve sin ulterior recurso en el plazo de cinco días y comunica, en su caso, la sustitución producida al primer suplente. La Junta deberá motivar sucintamente las causas de denegación de las excusas alegadas por los electores para no formar parte de las Mesas. En todo caso, se considera causa justificada el concurrir la condición de inelegible de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley. Las competencias de las Juntas Electorales de Zona se entenderán sin perjuicio de la potestad de unificación de criterios de la Junta Electoral Central.”

¿Cómo presento mi excusa? Lo puedes hacer por escrito en el impreso legalmente previsto (formulario) en ese plazo de siete días o de forma electrónica mediante la aplicación informática que opere en tu comunidad.

En cinco días la Junta Electoral analizará tu documentada excusa y dirá si la acepta o no.

EXCUSAS PARA NO SER MESA ELECTORAL POR CAUSAS RELATIVAS A LA SITUACIÓN PERSONAL DEL DESIGNADO QUE DEBEN SER ADMITIDAS

Hay unos motivos tasados (por ley) y otros que las resoluciones habituales de las Juntas Electorales unificó en la instrucción 6/2011 y que se resumen en:

1º. Ser mayor de 65 años y menor de 70 (más de 70 no pueden ser ni designados).

2º. Ser discapacitado (de cualquier tipo y alcance).

3º. Estar de baja médica en el trabajo (incapacidad temporal para trabajar).

4º. Ser pensionista de incapacidad absoluta para el trabajo y gran invalidez.

5º. Gestación a partir del 6º mes.

6º. Estar interno en Centro Penitenciario u Hospital Psiquiátricos.

7º. Haber sido Mesa en 3 ocasiones en los últimos 10 años.

 8º. Víctima con una Orden de Alejamiento o resolución judicial (pena o medida) equivalente en vigor si el condenado o investigado reside en el Censo de alguna de las mesas de eses Colegio Electoral.

EXCUSAS PARA NO SER MESA ELECTORAL DEL DESIGNADO POR SITUACIÓN PERSONAL QUE PUEDEN SER ADMITIDAS

  • Lesión o enfermedad que impida ejercer las funciones que requiere una mesa (Como por ejemplo la mano con la que se escribe escayolada por un accidente doméstico con fractura)
  • Incapacidad permanente total para profesión con funciones análogas a las que se desempeñarán en la mesa
  • Embarazada en los primeros 6 meses pero en situación de riesgo por funciones a desempeñar en la mesa
  • Tener intervención quirúrgica o prueba clínica relevante que sea incompatible por ser en el día de las elecciones o en los inmediatos antes o después
  • Pertenencia a comunidades religiosas de clausura por ser incompatible con participación en mesa.
  • El cambio de residencia habitual a un lugar en otra Comunidad Autónoma cuando esto justifique  además dificultad de formar parte de una mesa electoral.

EXCUSAS FAMILIARES PARA NO SER MESA ELECTORAL DEL DESIGNADO PARA SER MESA ELECTORAL QUE DEBEN SER ADMITIDAS

  1. Ser madre hasta que el bebé cumpla 9 meses
  2. Estar al cuidado de menores de 8 años o personas con discapacidad
  3. Estar al cuidado de familiar hasta 2º grado que no pueda valerse por enfermedad o accidente

EXCUSAS FAMILIARES  PARA NO SER MESA ELECTORAL DEL DESIGNADO QUE PUEDEN SER ADMITIDAS

  • Concurrencia de evento familiar de especial relevancia que resulte inaplazable o en los que aplazamiento provoque perjuicio económico importante (siempre que se sea protagonista o familiar hasta 2º grado)
  • Madre o Padre de menor de 14 años siempre que el otro progenitor no pueda ocuparse de el careciendo de ascendientes o hermanos mayores.

EXCUSAS PROFESIONALES PARA NO SER MESA ELECTORAL DEL DESIGNADO  QUE DEBEN SER ADMITIDAS

  1. Tener que prestar servicio el día de las elecciones a Junta Electoral, Juzgados y Administraciones Públicas con funciones electorales
  2. Quienes deban prestar durante la jornada electoral servicios esenciales de la comunidad de importancia vital, como los de carácter médico, sanitario, de protección civil, bomberos, etcétera
  3. Los directores de medios de comunicación de información general y los jefes de los servicios informativos que deban cubrir la jornada electoral.
  4. Los profesionales que deban participar en acontecimientos públicos a celebrar el día de la votación, que estén previstos con anterioridad a la convocatoria electoral, cuando el interesado no pueda ser sustituido y la no participación del mismo obligue a suspender el acontecimiento, produciendo perjuicios económicos relevantes

MOTIVO EXCEPCIONAL PARA ESTE AÑO 2023 VIAJE DE VACACIONES:

Según Acuerdo de JEC exclusivamente en el presente proceso electoral, las Juntas Electorales de Zona competentes deberán valorar, a los efectos previstos en el artículo 27.3 de la LOREG, la viabilidad de la excusa consistente en que el día de la jornada electoral coincida con un desplazamiento o estancia de carácter vacacional que haya ocasionado contrataciones anteriores a la convocatoria de las elecciones, y cuya cancelación ocasione un perjuicio económico o un trastorno grave al solicitante. Acreditando documentalmente ambos puntos.

CONCLUSIÓN

Si te designan para ser mesa haz los deberes, mira si debes acudir y si te puedes excusar documenta todo lo que puedas tu situación y por qué no puedes ser mesa, presenta todo en forma y plazo y quédate con copia.

La concentración parcelaria

¿QUÉ ES LA CONCENTRACIÓN PARCELARIA?

¿Qué es la Concentración Parcelaria? La concentración parcelaria es un procedimiento técnico y jurídico que reordena la propiedad rústica de un determinado perímetro de parcelas,

× ¿Cómo puedo ayudarte?