¿Puedo retirar la denuncia?

No se puede «retirar la denuncia«.

En primer lugar la denuncia siempre se refiere a poner en conocimiento de la autoridad un hecho digno de sanción penal, es decir nos movemos en jurisdicción penal.

Siempre les comento a mis clientes y conviene recordar antes de empezar que un proceso penal es como un tren en el que te montas o te montan pero no sabes muy bien en que estación te bajas y no tiene porqué pararse ese tren aunque tú consigas bajar.

“Ya bueno pero yo la puse en su día y no quiero ahora…” bien es razonable podrás manifestar ese deseo de «retirar la denuncia« en sede judicial y se traducirá en una renuncia a ejercer acciones penales “a título particular”. Pero eso no hace que se archive todo.

La diferencia entre querer  retirar la denuncia y que todo acabe es importante.

La renuncia a esas acciones sólo hace que se archive en contados delitos que quedan de persecución privada como injurias, calumnias y poco más.

«¿Qué pasa si yo renuncio?» Bueno eso depende del Ministerio Fiscal que es quien se encarga de perseguir el delito de oficio y del que quizás tuvo conocimiento inicial por tu denuncia y al que no le vincula para nada tu voluntad de que siga o no siga el proceso penal contra un presunto delincuente.

De hecho pueden citarte como testigo, y más te vale acudir porque sino te expones a una multa e incluso que te pongan en búsqueda y captura.

No obstante sí hay caminos para minimizar daños o controlar los peligros que genera el procedimiento penal (ese tren)  para ello basta ponerse en buenas manos.
La idea que debe quedar es que la denuncia es como tirar una piedra a un lago puedes ir a buscar la piedra incluso recogerla pero eso no para las olas que creó la piedra al impactar con la superficie.

Álvaro Rizo Sola es abogado de Valladolid especialista en Derecho penal.

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